sábado, 3 de enero de 2009

Nuevo Modelo de Financiación Autonómica

Análisis del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas
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El vicepresidente del Gobierno, Pedro Solbes, presentó el 31 de Diciembre la Reforma del nuevo modelo de financiación. Este nuevo modelo destaca por el compromiso por parte del Ejecutivo de favorecer a las Comunidades con menor renta.

La financiación de las comunidades autónomas gira en torno a un concepto clave: el principio de solidaridad recogido en la Constitución española. El objetivo es, por tanto, velar por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio.

En la actualidad conviven en España dos modelos de financiación autonómica: el régimen foral, que se aplica al Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra, y el régimen común, que regula el resto de comunidades españolas. Dentro de este último hay que precisar también —por factores históricos y geográficos— los casos especiales de la Comunidad Autónoma Canaria y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Los recursos de financiación a los que tienen acceso las comunidades pueden, en líneas generales, agruparse en tres categorías. Por una parte están los tributos que han sido totalmente cedidos a las comunidades autónomas, de los cuales reciben el 100% de la recaudación. Entre estos distinguimos los que afectan al patrimonio, las transmisiones patrimoniales, las sucesiones y donaciones, y el juego. Dentro de esta categoría se encuentran también los impuestos relacionados con las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, ciertos medios de transporte y la electricidad.

Un segundo grupo incluye aquellos impuestos compartidos en los que el Estado cede , solamente parte de los ingresos. Entre estos se encuentra el IRPF, donde un 33% se transfería los distintos gobiernos regionales, el IVA (del que un 35% iba a parar a las comunidades autónomas) y los impuestos especiales sobre el vino, la cerveza, el alcohol, las labores del tabaco, los productos especiales y los hidrocarburos, en los que el 40% de los ingresos correspondía a los gobiernos autonómicos. Tras la reforma, el Gobierno -siguiendo los parámetros del Estatuto catalán- elevará hasta el 50% los porcentajes de cesión de IVA e IRPF , . El incremento de la cesión se acompaña con un aumento significativo de la capacidad normativa de las comunidades, que podrán modificar el número de tramos del IRPF en la escala autonómica, fijar los mínimos personales y familiares y aprobar deducciones en la cuota del impuesto sobre la renta cuando, por ejemplo, se alquile o compre una vivienda.
Esta ampliación de las competencias de las Comunidades Autónomas se compensará con una reducción de hasta un 20% de las transferencias del Estado.

Este modelo de financiación cuenta con tres fondos que garantizan una mayor equidad:
El Fondo de Garantía de los Servicios Públicos Fundamentales: Desde que en 2002 el Estado Central cede a las autonomías la Educación y la Sanidad, las Comunidades ya controlan dos bienes preferentes desde la teoría de la Hacienda Pública. Este fondo apuesta por la solidaridad interterritorial en materia de Educación y Sanidad. El Ministro de Economía defiende que un 80% de los ingresos de cada comunidad se destinen a este fondo. Cataluña negocia reducirlo a un 65%. El reparto de este dinero, que ayudará a limitar las diferencias entre regiones, se efectuará según población infantil y anciana. Sin embargo, el hecho de aumentar el control autonómico fiscal, beneficiará a las comunidades con mayor poder fiscal, que verán aumentar su retribución.
El Fondo de suficiencia global garantiza que este principio de solidaridad entre Comunidades no perjudique a ninguna ni disminuya su posición económica
Por último, el sistema se cierra con una importante novedad, el fondo de convergencia, que se nutre con recursos adicionales del Estado y que se divide en dos. Por un lado, el denominado fondo de competitividad, cuyo objetivo es reducir las diferencias de financiación per cápita, que se distribuirá entre las regiones cuya financiación por habitante esté por debajo de la media -es el caso de Madrid o Baleares- o sea inferior a su capacidad fiscal. Por el otro, el Gobierno también crea el fondo de cooperación, para impulsar económicamente aquellas comunidades con una menor riqueza relativa, como es el caso de Extremadura o Asturias.
España no se define como un estado Federal. Sin embargo, las Administraciones controlan un 40% del gasto estatal, cifra que supera a muchos países federales. Este hecho, no tendría que ser preocupante si España contara con mecanismos de organización y coordinación efectivos de los intereses de cada región. Pero no los tiene. El Estado Central cada vez pierde más dependencias. Y las Autonomías, guiadas por partidos políticos que a menudo difieren de las decisiones estatales, cada vez operan con más dependencia. Si se efectúa una comparación de nuestro estado con una gran empresa, dividida en diferentes departamentos; hallaremos que éstas se rigen por normas y objetivos preestablecidos muy concretos. En nuestro caso, sería los poderes Centrales, con la Constitución al frente, los Directores Generales. Pero, ¿Qué pasaría si las decisiones de los distintos departamentos son opuestas a las decisiones centrales? Se crearía un conflicto de intereses que generaría, en primer lugar, ineficiencia y, en segundo lugar, el fracaso de la consecución de objetivos previstos. Estas dos consecuencias son letales para el funcionamiento de una empresa.
No obstante, en nuestro país sigue careciendo de un sistema real de coordinación de actividades.
La nueva reforma, que trata de evitar los latentes desequilibrios entre regiones, es necesaria. Pero quizá haya llegado el momento de ser honestos y de asumir nuestra identidad de estado federal y empezar a trabajar en la mejora de su funcionamiento creando organismos que garanticen las sinergias y la coordinación.

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